Una de la noticia que me llamo la atención hoy es sobre
¿Realmente existe un seguro que proteja a los trabajadores cuando son despedidos? Es una inte rrogante que nos debemos hacer todos los peruanos cuando observamos que el fondo per cápita anual de
La finalidad de las CTS según se muestra en el artículo 1 del DECRETO SUPREMO Nº 001-97-TR es la siguiente:
Artículo 1.- La compensación por tiempo de servicios tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia
Como se puede notar la finalidad de las CTS es proteger a los trabajadores ante contingencias que se origine por la perdida del empleo, este fondo debería ayudarlo mientras se encuentra desempleado y esta buscando uno nuevo, lamentablemente se esta desvirtuando este objetivo, en primer lugar por que la ley permite disponer del 50% de este fondo (¿así querían liberar la totalidad de este fondo?), como podría ser un seguro
Además el Perú un país de informales solo el 40% de
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