lunes, 30 de junio de 2008

Nueva ley de Mypes

Gracias a las facultades dadas por el Congreso al Poder Ejecutivo para que legisle y de esa manera pueda implementar el TLC con EEUU ya se tiene la nueva Ley de Mypes, mediante esta ley se pretende que tanto 2 millones de trabajadores como 300 mil empresas Mypes dejen de ser informales, para ello el Estado a generado ciertos incentivos para que la mayoría de estas puedan formalizarse.



Cambios en las Mypes
Microempresas

Venta Maxima anual
  • Ley derogada: Hasta 150 UIT (S/ 535,000)

  • Ley Actual: Hasta 150 UIT (S/. 535,00)
N de trabajadores
  • Ley derogada:Hasta 10 trabajadores
  • Ley Actual: Hasta 10 trabajadores
Salario Minimo
  • Ley derogada:Una RMV

  • Ley Actual: Una RMV
Descanso Vacacional
  • Ley derogada:15 días al año

  • Ley Actual:15 días al año
Despido injustificado
  • Ley derogada:15 remuneraciones diarias por año con un tope de 180 remuneraciones diarias

  • Ley Actual:10 remuneraciones diarias por año con un tope de 90 remuneraciones diarias

Pequeña empresas

Venta Maxima anual
  • Ley derogada: Hasta 850 UIT (S/ 2,975,000)

  • Ley Actual: Hasta 1,700 UIT (S/. 5,950,00)
N de trabajadores
  • Ley derogada: Hasta 50 trabajadores

  • Ley Actual: Hasta 100 trabajadores
Salario Minimo


  • Ley derogada: Una RMV
  • Ley Actual: Una RMV
Descanso Vacacional
  • Ley derogada: 30 días al año

  • Ley Actual: 15 días al año
Despido injustificado
  • Ley derogada: 45 días por año con un tope de 8 años

  • Ley Actual: 20 días por año con un tope de 120 dias
Fuente Cesden

Cambios Laborales

Lo que se busca con esta nueva ley es que las micro y pequeñas empresas pueda tener un menor costo laboral y de esa manera puedan tener productos competitivos no solo en el mercado nacional sino también en el extranjero. Como menciona el diario Gestión “La norma, que designa las nuevas características de las Mypes, también establecen un subsidio del Estado tanto para los trabajadores como los conductores de la microempresa con el pago del 50% de los aportes de salud y de pensión (aporte máximo de cuatro por ciento de la remuneración mínima legal) con un costo de S/. 500 millones anual.”

También se realizara una amnistía en seguridad social y pensiones para que las Mypes puedan regularizar sus pagos vencidos hasta la vigencia de la norma. El diario Gestión menciona “La norma precisa que esta amnistía laboral y de seguridad social – esta ultima referida a las aportaciones a Essalud y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) – solo concede a los empleadores el beneficio de no pagar multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de dichas obligaciones ante el MTPE, Sunat, Essalud y ONP. El acogimiento al presente beneficio tendrá un plazo de 4 mese contados desde la vigencia del presente DL.”


Una aclaración importante es la que hace Gino Kaiserberger al decir: “Esta amnistía no de ningún tipo tributario. Es una amnistía laboral, y es una amnistía sobre exoneraciones de multas por contribuciones a la seguridad social”.

Fuente: Diario Gestión Lunes 30 de junio de 2008

domingo, 15 de junio de 2008

Sobre la tercerización laboral

En estas semanas se ha estado discutiendo acerca de la ley de Tercerización Laboral, en ella se quiere regular la prestación de servicio de mano de obra sobre las actividades principales de las empresas, algunas de las principales características de este proyecto de ley son las siguientes:

  • Para que una empresa pueda ofrecer el servicio de tercerización deberá tener pluralidad de clientes, lo que indica que debe prestar su servicio a más de una empresa.
  • La empresa principal, que contrata a una empresa de tercerización, se hace responsable solidario frente a los derechos y beneficios de los trabajadores de esta ultima.
  • Las empresas que tercerizan no podrán contratar a otras empresas que ofrezcan el mismo servicio.
  • La empresa de tercerización deberá inscribirse en un Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras.

Sin embargo esta ley ha recibido muchas críticas por parte del sector empresarial e incluso por el mismo gabinete presidencial.

Una de esas críticas interesantes las realiza el presidente de Cesden Gino Kaiserberger, en la columna de opinión del diario Gestión el día miércoles 4 de Junio del 2008, el titulo de es: “A mis confundidos legisladores”, me tomare la licencia de poner fragmentos de esta opinión, para empezar Kaiserberger nos define la tercerización:

“…, la tercerización forma parte de la cadena de valor de la empresas e implica una participación efectiva del proceso productivo, estando ligados sus resultados a un incremento de la productividad.

La tercerización es especializada en la ejecución de procesos productivos. Tanto por sus medios como por sus técnicas, estas compañías hacen un aporte efectivo a la productividad de quienes las contratan…”

También informa la importancia y ventajas de la tercerización para las empresas:

“… asegura un personal especializado y productivo en áreas concretas del negocio; disminuyendo el riesgo, posibilita una capacidad de respuesta rápida a los cambios del mercado, sea para crecer o para reducir capacidad productiva y acomodarla a cada fase del ciclo, sin que ello deba suponer el cese de la actividad.”

Este es un punto que se debe tomar en cuenta, pues la mayoría de las empresas no pueden mantener mucho personal ya que por cada trabajador la empresas asume ciertas cargas aparte de los salarios que se les pagan, y ahora con el incremento de las exportación las empresas reciben pedidos por temporadas; un ejemplo: Una empresa que se dedica a los textiles tiene 200 trabajadores los cuales todos se encuentran en planilla, esta empresa recibe un pedido del extranjero durante los meses de enero a marzo, como su mano de obra no alcanza para completar el pedido, entonces contrata a una empresa de tercerización por 100 trabajadores, sino tercerizara esta empresa debería contratar a estos 100 trabajadores solo por esos meses y terminado el trabajo deberá despedir a este exceso de trabajadores por que desde abril no podrá mantener a estos trabajadores de mas, y el despido de los trabajadores es un costo tremendo, lo cual dificultaría en una próxima vez que esta quiera asumir estos pedidos.

Este punto nos lleva a otro, ya que es importante en algunos casos la tercerización, la ley tiene una dificultad que las Mypes no podrán asumir, el comentario sigue diciendo:

“Las Mypes, por la dificultad de encontrar mercado, por su escasa capacidad financiera para la compra de insumos u por el injusto régimen tributario que los obliga a pagar el IGV a la Sunat al mes siguiente de emitir su factura, cuando los plazos para la cobranza de dicha factura les demora entre 3 y mese, una de las formas que las ayuda a sostener su negocio y la continuidad de los puestos de trabajo, es ofreciendo servicio de tercerización a empresas mas grandes, aunque su escasa capacidad productiva hace imposible que tenga múltiples clientes.”

“… quienes perderían la opción de tercerizar son las Mypes, lo que incrementaría la informalidad que no parece importarles a los legisladores;…”

Fuente: Diario Gestion 4 de Junio del 2008
Diario Gestion 26 de Mayo del 2008

Informe sobre el cumplimiento de Normas y Códigos (ROSC) PERÚ

En el año 2004 se presento el informe ROSC sobre el cumpliendo de las normas y principios contables que se están aplicando en el Perú. Este informe fue preparado por un equipo del Banco Mundial, diagnostico que fue llevado a cabo en Lima entre octubre del 2003 y mayo del 2004.

Las principales conclusiones del Informe ROSC de Contabilidad y Auditoría en el Perú son:

  • A lo largo de los últimos diez años, el sector público ha sido muy dinámico con relación al mejoramiento de las normas de contabilidad para las entidades del sector privado. La Contaduría Pública de la Nación (CPN), a través del Consejo Normativo de Contabilidad (CNC), ha jugado un rol importante en la adopción de normas contables de alta calidad. Asimismo, ha hecho contribuciones sustanciales para su difusión entre las empresas y los contadores con la publicación de manuales que orientan sobre el uso de las normas, y mediante la realización de cursos y seminarios sobre el tema. Las dos agencias reguladoras que supervisan el mercado de capitales (CONASEV) y el sector financiero (SBS) han tenido, asimismo, importantes responsabilidades, especialmente con respecto a hacer cumplir las normas de contabilidad.
  • El Perú adoptó gradualmente las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) entre 1994 y 1998. Este proceso ha continuado, con la adopción reciente de algunas normas internacionales. Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) fueron adoptadas oficialmente en 1998. Esto ha conducido a un significativo incremento en la calidad de la información financiera entre las grandes empresas. Sin embargo, debido principalmente a que el CNC carece de recursos, las normas de contabilidad adoptadas previamente no han sido actualizadas de manera oportuna; las Normas Internacionales de Información Financiera recientemente emitidas tampoco han sido incorporadas por el CNC. En lo que se refiere a las normas de auditoría, estas son las mismas desde 1998, a pesar de que diversas NIA han sido emitidas durante este periodo. Tales demoras impactan desfavorablemente en la capacidad de las normas de contabilidad y auditoría de contribuir a la producción de una información precisa y confiable para los usuarios de los estados financieros
  • La adopción de normas internacionales no ha significado logros similares para las PYME, y los usuarios de los estados financieros perciben que la información financiera brindada por estas empresas tiene una confiabilidad limitada, lo que con frecuencia va en detrimento de su acceso a financiamiento.
  • Hasta hace poco, el ámbito de supervisión de la CONASEV incluía un gran número de empresas que no cotizan valores públicamente, pero este fue restringido por ley en el año 2000, a las empresas que sí cotizan. Para los inversionistas y bancos, esto ha reducido significativamente la disponibilidad de información financiera de las empresas que no cotizan valores en la bolsa.
  • La afiliación a las asociaciones de contadores profesionales, o colegios, es obligatoria para los contadores dedicados a la práctica pública. Los colegios disfrutan, por ley, de importantes prerrogativas, incluyendo el otorgamiento de licencias a los auditores y el establecimiento de normas en el campo de la conducta profesional de auditores y contadores.
  • No existe un contenido mínimo consensuado a nivel nacional para los cursos en el currículo universitario de contabilidad; por lo tanto, la calidad de la educación contable a nivel nacional es inconsistente.
  • La capacidad de los entes reguladores de hacer cumplir las normas de contabilidad y auditoría se ve obstaculizada por una falta de recursos, especialmente en el caso de la CONASEV, y por el hecho de que la CONASEV y la SBS perdieron sus facultades para otorgar y retirar la licencia de auditor estatutario.
  • Los colegios no hacen cumplir las normas de auditoría o el código de ética, a pesar de que están obligados por ley a hacerlo; por lo tanto, las sanciones contra los profesionales son impuestas muy rara vez.
  • Al igual que en la mayoría de países latinoamericanos, los comités de auditoría no son exigidos por ley, y son, de hecho, inusuales entre las empresas peruanas. Con respecto a las empresas que cotizan valores en la bolsa, el código voluntario de buen gobierno corporativo de la CONASEV recomienda que se establezcan comités especiales en el Directorio, incluyendo el tema de auditoría. En los sectores financieros y de seguros, las normas sobre auditoría interna y sistema de control interno emitidas por la SBS obligan a las empresas a establecer comités de auditoría.
  • La legislación aplicable a la contabilidad y a la auditoría en el sector privado es relativamente reciente y brinda una base adecuada para fortalecer la práctica de información financiera en un futuro cercano, si bien algunas de las recomendaciones de este informe requerirán impulsar aún más la mejora de la ley vigente.

Estas son algunas de las conclusiones de este informe, tengamos en cuenta que este informe es del 2004, por eso es importante tomarlo en cuenta para saber hasta que punto ha estado avanzando el Perú en el mejoramiento de la aplicación de las normas contables; avances como un nuevo Plan Contable, las modificaciones al Manual de Información Financiera, el nuevo Código de Ética, son pasos adecuados, sin embrago aun falta mucho por seguir mejorando la profesión tan caída a menos.


Fuente: Iforme sobre cumplimiento de Normas y Códigos ROSC

martes, 3 de junio de 2008

Diferencias entre Código de Ética de la IFAC y el Código de Ética Profesional del Perú.

La IFAC menciona lo siguiente en la introducción de su Código de Ética:

“Una marca distintiva de la profesión contable es su aceptación de la responsabilidad de actuar a favor del interés público. Por lo tanto, la responsabilidad de un contador profesional no es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador individual. En su actuación a favor del interés público, un contador debe observar y cumplir con los requerimientos éticos de éste Código.”

1) Especificación de la Confidencialidad de la Información:

Dentro del tema “Del secreto Profesional”, el Código de Ética de la IFAC va mas allá de solo mencionar que se debe guardar cuidado en no divulgar información, sino que especifica a quienes:

“Un contador profesional debe mantener la confidencialidad incluso en el entorno social. El contador profesional debe estar alerta a la posibilidad de revelar información inadvertidamente, particularmente en circunstancias que implican una larga asociación con un socio en negocios compartidos o un miembro inmediato de la familia.”

Aunque en el código del Perú se menciona que no se debe “revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tengan conocimientos en el ejercicio de sus profesión”, pero no especifica a quienes, como si lo hace el de la IFAC, que incluso menciona que no seria ético revelar información a un miembro de la familia.

2) De la retribución Económica

El Código de Ética del Perú menciona que la retribución económica “no debe ser lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación” e incluso fijo un tope al mencionar que estos “deberán estar fijados con arreglos al arancel mínimo aprobado por cada Colegio Regional”.

En cambio el de la IFAC menciona que “Cuando se entra en negociaciones respecto a los servicios profesionales, un contador profesional en la práctica pública podría cotizar sus honorarios como lo estime apropiado” no mencionando que estos arreglos deberán tener cuidados de ser lesivos a la dignidad del profesional, en este punto la IFAC tiende a ser mas razonable que el Colegio de Contadores del Perú, pues nos pondríamos a preguntar: ¿Qué retribución es contraproducente, o choca con la dignidad del contador?, tal vez un monto sea considerado ofensivo para un contador pero para otro no, entonces esta parte del código tiende a ser ambigua.

Tampoco lo considera anti-ético el hecho que “un contador profesional en la práctica pública pueda cotizar sus honorarios menos que otro”, aquí podríamos preguntarnos, si un contador fija su retribución el arancel mínimo aprobado por cada Colegio Regional, ¿podría otro contador cotizar los mismos servicios por un monto menor?; según el código de ética peruano este no lo podría realizar pues no seria ético fijar un monto menor a este, sin embargo en el de la IFAC no supone problema alguno para el contador.

Debemos precisar que el cliente que elige a un contador para realizar su labor profesional deberá atenerse a las consecuencias del trabajo que se realizara al menor costo que se le ofrece, para ello el contador deberá precisarle las limitaciones del trabajo.

3) De la Responsabilidad Profesional.

Uno de las diferencias notables en el código de ética peruano es la referencia a las labores que realizan los contadores nos solo en el ejercicio propiamente dicho de la profesión, sino en las labores que realizan como miembros de los Consejos Directivos de los diversos Colegios de Profesionales, por lo que se desprende de este articulo se debe entender como una extensión de la profesión contable el asumir cargos directivos. Esto ayuda mucho a que se cuide no solo la imagen de la profesión frente a otros, ya que ellos son las autoridades y caras visibles de la profesión, sino que se resguarde adecuadamente los recursos y el patrimonio del Colegio.

Este punto no se encuentra registrado en el código de ética de la IFAC.

4) Labor docente del Contador

La IFAC menciona que es una labor del contador estar constantemente actualizado, pero no se refiere a la labor docente del profesional, este punto si lo recoge el código peruano, incluso se menciona que quien se dedique a esta actividad “deberá impartir enseñanza técnica, científica y fundamentalmente humanista para lo cual se mantendrá actualizado y, de esta manera, contribuir a la difusión y desarrollo de la profesión contable”, es interesante ver que el código peruano esta diseñado para que el contador que imparte el conocimiento se encuentre actualizado con las ultimas tendencias contables, esto es un impulso para que la contabilidad se realice de una manera digna y con contadores que posean todas las herramientas necesarias para ejercer la profesión.

5) Independencia de Apariencia

Este es un punto que no se consigna en el código de ética peruano, pues en el solo se habla de la independencia de criterio, sin embargo en el de la IFAC se menciona que hay otra independencia que es la de Apariencia: “Es evitar hechos y circunstancias importantes, para que terceras partes interesadas y razonablemente informadas y que tienen conocimiento de toda la información importante, incluyendo cualquier salvaguarda aplicada, concluyan razonablemente que la integridad, objetividad o escepticismo profesional de un miembro de una firma, o del equipo de atestiguamiento, no están comprometidos”

6) Custodia de Activos de Clientes

Nuestro código de ética solo contempla que ningún contador podrá retener los libros ni documentación contable de sus clientes, pero el de la IFAC mención que tampoco puede “asumir la custodia dinero, valores, o de otros activos del cliente.”

domingo, 1 de junio de 2008

La ética en la Contabilidad

Antes de comenzar me gustaría hacer una pregunta ¿Cuántos contadores conocen el Código de Ética? O mejor (para no ser muy exigente), ¿Cuántos saben que existe un Código de Ética?

Para quienes no saben, existe un Código de Ética que fue aprobado por la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores, que se realizó en Ica el mes de junio del 2007, este código de ética esta basado en la elaborada por La Federación Internacional de Contadores (IFAC).

Los principios Fundamentales

Integridad.- este principio hace referencia a que el contador publico esta en “la obligación de ser justo honesto en sus relaciones profesionales”.

Objetivad.- En el ejercicio de la profesión el Contador “no debe permitir que lo favoritismos, conflicto de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales”. Entonces este principio muestra que el contador debe ser un profesional imparcial por ejemplo, si un empleador nos pidiera que declaremos menos impuestos, entonces el contador no podría hacerlo porque si lo hiciera estaría actuando de manera sesgada y estaría admitiendo intervención de un tercero en su labor;¿estará siendo aplicado este principio por los contadores?

Competencia.- este principio muestra que el contador deberá realizar su actividad de acuerdo con los últimos conocimientos en materia contable, eso obliga a los contadores a estar continuamente capacitándose. Este principio lo van a tener que aplicar muchos en breve, pues se acercan cambios importantes para el 2009, como será el nuevo Plan Contable General Empresarial, y para aplicarlo los contadores tendrán que saber las NIIF, pero pregunta: actualmente ¿Cuántos contadores conocen las Normas Internacionales de Información Financiera?, y hay que tener en cuenta que estas son de aplicación obligatorio para la practica contable.

Confidencialidad.- el profesional no podrá difundir información de las empresas a terceros, “salvo que exista un deber legal o profesional”, el contador deberá guardar el secreto profesional, y deberá tener cuidado de no transmitir información que podria ser utilizada para perjudicar a la empresa.

Comportamiento Profesional.- “El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.” ¿Conocerán este principio los directores del Colegio de Contadores de Lima?

“El Contador Público Colegiado, debe se honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee o la experiencia obtenida”. Entonces una recomendación a los coleguitas, vayan borrando todas las exageraciones que ponen en sus tarjetas de presentación. (Realizo análisis de EEFF, experto en materia tributaria, asesor en aspectos laborales, manejo de NIIF, asesor financiero, etc...).

De la Responsabilidad Profesional

“Articulo 9.- Los contadores Públicos Colegados en el ejercicio de funciones como miembros del Consejo Directivo de sus respectivos Colegios Posesiónales, estará comprometidos dentro de los alcances del presente Código cuando:

  • Transgredan el Estatuto y Reglamentos Institucionales.
  • No informen al Comité de Ética Profesional sobre procesos administrativos y procesos penales que tuvieran en curso y/o sanciones administrativas y penales consentidas vigentes.
  • Cuando utilice indebidamente los recursos y no salvaguarde adecuadamente el patrimonio del Colegio”

Este articulo solo lo pongo como un recordatorio para los Decanos del Colegio de Contadores de Lima, si por si acaso a leído bien “DECANOS” por que aunque usted no lo crea hay dos, lo que no se sabe es que si velan por la profesión, o si velan solo sus intereses.

De la Relación con otros Colegas

“Articulo 20.- El contador Público Colegiado deberá abstenerse en forma absoluta de formular opiniones, comentarios o juicios negativos sobre la intervención profesional o idoneidad de otro colega. Cualquier opinión sobre el particular deberá ser expresada ante las instancias pertinentes del Colegio de Profesionales correspondientes

Entonces contadores nada de estar “rajando” sobre la capacidad de los colegas, a pesar de que sean burros, incapaces, sin criterio, no estén capacitados, uno no puede hablar de los otros contadores, a pesar de lo mal que le hacen a la profesión. Ahora cada vez que quiera hablar mal de un contador amárrese la lengua, y corra a desahogarse a las instancias pertinentes del Colegio.

De la retribución Económica

Como será tan mala la paga de los contadores que el código de ética indica que el monto de los “honorarios no resulte lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación”. Pero preguntémonos, ¿Qué retribución es contraproducente, o choca con la dignidad del contador?, tal vez un monto sea considerado ofensivo para un contador pero para otro no; entonces esta parte del código tiende a ser ambigua.

Bueno seria interesante comentar cada parte del Código de Ética, sin embargo el escrito seria demasiado extenso, por eso invito a los contadores a que le den una miradita al código para que de esa manera estén enterados de las normas que deben regir la conducta del profesional.

sábado, 12 de abril de 2008

Proyecto del Plan Contable General Empresarial

La contabilidad es un área en donde se requiere que constantemente se este adaptando a las nuevas formas de ver a la empresa, una compañía en el año 2008 no es lo mismo que una de 1986, la situación económica avanza y se va transformando con el tiempo, es por eso que la contabilidad tiene que ir al mismo ritmo que estos cambios.

Es por esto que el 5 de marzo la Contaduría Pública de la Nación a través de la Dirección de Contabilidad Pública ha publicado la Resolución Nº 039-2008-EF/94 mediante la cual aprueban el Proyecto del Plan Contable General Empresarial. Esta es una buena iniciativa, por que hasta hoy se utiliza el PCGR (Plan Contable General Revisado), este plan fue aprobado el 15 de febrero de 1984, el cual entro en vigencia a partir del 1 de enero de 1986.

Factores que contribuyen a un Nuevo Plan.

Un profesor nos decía que el PCGR no es plan, ni contable, ni revisado, por que es un instrumento que no esta adecuado a las nuevas tendencias empresariales, si bien es cierto cumplió su propósito en esa época, sin embargo en veinte años han ocurrido grandes cambios que obligan a reestructurar la contabilidad en el Perú. Algunos factores que contribuyen al cambio son los siguientes:


- La globalización de la contabilidad, las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), es un mecanismo con el cual se pretende unificar el criterio contable en todo el mundo; para que, por ejemplo, los Estado Financieros (EEFF) de un país puedan ser comparados con los EEFF de otro.
- Los tratados de Libre Comercio.
- Las empresas sin patria real, cuyo mercado es el mundo.
- El lenguaje que utilizan las empresas con los bancos, accionistas, potenciales inversores o el fisco.


Los cambios importantes en el nuevo PCGE

Este plan esta diseñado para aquellas empresas que realicen actividades de tercera categoría, y estará vigente a partir del 1 de enero del 2009. Aunque este PCGE mantiene la misma estructura de grupos de cuentas que el PCGR, si existen cambios sustanciales en las cuentas del balance general y las cuentas de ganancias y perdidas.

Por ejemplo en las cuentas del balance se añadirán las siguientes a las ya existentes:

- Cuenta 11 Inversiones mantenidas para negociación disponible para la venta
- Cuenta 13 Cuentas por cobrar comerciales – Vinculadas
- Cuenta 17 Cuentas por cobrar diversas – Vinculadas
- Cuenta 18 Servicio y otros contratos por anticipado
- Cuenta 27 Activos no corrientes mantenidos para la venta
- Cuenta 31 Inversiones Inmobiliarias
- Cuenta 32 Activos adquiridos en arrendamiento financiero
- Cuenta 35 Activos biológicos
- Cuenta 36 Desvalorización de activos inmovilizados
- Cuenta 37 Impuesto a la Renta y participaciones de los trabajadores diferido
- Cuenta 43 cuentas por pagar comerciales – Vinculadas
- Cuenta 44 Cuentas por pagar a los accionistas y directores
- Cuenta 45 Obligaciones financieras.
- Cuenta 47 Cuentas por pagar diversas
- Cuenta 49 Impuesto a la renta y participaciones de los trabajadores diferidos
- Cuenta 52 Capital Adicional
- Cuenta 56 Resultados no realizados

Otro grupo de estas cuentas serán reestructuradas, como son las cuentas 30, 34, 38 y 42.

En cuanto a las cuentas de ganancias y perdidas no sufrirá muchas variaciones a excepción de que desaparecerán las cuentas 66 y 76 y serán incorporadas a las cuentas 65 y 75 del PCGE, esto se debe a que en la NIC 1 Presentación de EEFF modificada en diciembre de 2003, prohíbe la presentación de resultados extraordinarios dado que, estos paran a formar parte del riesgo del negocio y deben ser presentados dentro de las actividades operativas de la empresa.

Ahora los contadores nos encontramos en un punto en el cual muy pronto se realizaran estos cambios importantes, aunque la mecánica de las cuentas no variara, la adecuada utilización de las nuevas y reestructuradas cuentas ayudaran a que la información financiera de las empresas sean mas adecuadas y se acerquen a la actual realidad económica que vive nuestro país y en realidad todo el mundo. Por ello ahora es el momento de prestar atención a estos cambios y poder actualizarse para que nuestra profesión avance y no se quede rezagada frente a otras, por que mientras exista empresas se requerirá profesionales adecuados, y quien no este al tanto de esto tendrá que hacerse la idea de que hará para el 2009, por que contador no será.

Atualizacion 09-01-09: Haz clic aqui Plan Contable General Empresarial

FUENTE: Revista Actualidad Empresarial.
Edición: 1ª quincena de Marzo
Titulo: Nuevo Plan Contable General Empresarial

martes, 4 de marzo de 2008

Estados Financieros, ¿verdadera fuente de información?

Normalmente pensamos que los Estados Financieros (Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Flujo de Efectivo y Estado de Cambio en el Patrimonio) son aquellos documentos que brindan la información necesaria para una adecuada toma de decisiones; sin embargo en muchos casos solo sirven para determinar impuestos o para aparentar algo que no es la empresa, teniendo en cuenta esto uno se pregunta: ¿realmente son los EEFF una buena fuente de información? Para contestar esta pregunta los dejo con un artículo que apareció en el diario El Comercio el 13 de noviembre del 2006, en donde el economista Martín Reaño en la columna Aporte de este diario hace una critica interesante hacia los EEFF, esto nos debe seguir haciendo pensar en como mejorar la profesión contable.
"SIGO SIENDO EL REY.

NINGUN INFORME SUPERA AL FLUJO DE CAJA, PUES AL FINAL DEL DIA, LO UNICO RELEVANTE ES LA CAPACIDAD DE LA EMPRESA PARA GENERAR EFECTIVO. Y ES QUE EL DINERO SIGUE SIENDO EL REY.

Un buen amigo me explicaba que él había llegado a la conclusión de que los estados financieros son como un buen bikini: lo que muestra es importante, pero lo que esconden… es vital. Y esta analogía no puede ser más acertada. La información que produce las empresas no es ni inocente ni objetiva. ¿Cómo hacer entonces para poder obtener mensajes validos al revisarlos?

El balance general es una foto de la situación de la empresa. Y, al igual que cualquier dama pretenciosa que se prepara para ocasiones especiales, al momento de esta foto, las dosis de maquillaje se multiplican y la foto supera ampliamente cualquier defecto de la realidad. Por otro lado, el estado de ganancias y pérdidas no indica si a la empresa le ha ido bien o mal; es solo un formato para calcular impuestos.

Todo esto hace que la información financiera tradicional sea algo así como el perejil en el pescado: se ve muy bien, pero es totalmente inútil. Una solución para esa falta de transparencia es volver a lo básico. Las empresas existen para hacer más ricos a sus accionistas y estos solo son más ricos si el negocio genera efectivo para que se lo puedan llevar. Entonces, si concentramos nuestra atención en el flujo de efectivo, podremos evaluar si la empresa le está yendo bien o mal.

Al final del día, lo único relevante es la capacidad de la empresa para generar efectivo. Los estados financieros son resultado de la aplicación de un conjunto de principios y normas que no necesariamente ayudan a reflejar lo que ocurre con los negocios. Ni siquiera es cierto que la contabilidad sea un idioma común. Quienes les quieran dar a la contabilidad este atributo de sánscrito financiero, olvidan que aún hay muchos grados de libertad y opciones al momento de registrar las transacciones de la empresa.

El flujo de caja es entonces el informe financiero por excelencia, y el que nos acerca de manera más acertada al desempeño del negocio. No nos equivoquemos: el dinero sigue siendo el rey.”

domingo, 27 de enero de 2008

El Contador y las PYMES

Uno de los sectores más importantes en la economía de los países son la micro, pequeñas y medianas empresas, son la generadoras de empleos e ingresos, hacen posible que exista crecimiento en las economías, permiten que exista productos que puedan estar al alcance de los consumidores, ya que sus precios son competitivos por que sus gastos no son muy grandes y sus ganancias no son excesivas. Pero ahora usted se estará preguntando: ¿Qué es una PYME?, ¿Qué tiene que ver las PYMES con los contadores?, ¿Será adecuada la formación contable en las universidades con respecto a las PYMES?

PYMES

Los parámetros utilizados para definir a las Pymes son: el número de empleados, y el nivel de ventas. En el Perú para ser considerado una Microempresa se requiere que se posea de 1 a 10 trabajadores y un nivel máximo de ventas de 150 UIT por año; y para ser pequeña empresa debe tener de 1 a 50 trabajadores y un nivel mínimo de 150 UIT y un máximo de 850 UIT.

La importancia de las Pymes se encuentra en la cantidades de ellas que existen en el Perú el 99.7% de empresas son micro y pequeñas empresas. Ahora si usted es un estudiante de contabilidad piense en lo siguiente, cuando se inserte en al mercado laboral a donde va a trabajar al 0.3% de empresas grandes o al 99.7% de Pymes (mas adelante trataremos con mas importancia este punto).

Características internas de funcionamiento de las PYMES


La concentración de funciones de dirección, administración y producción.
Por lo reducido del tamaño de la empresa hacen que los costos administrativos (en general fijos) sean altos en términos porcentuales con relación a los ingresos de la empresa, por lo que el dueño, administrador, trabajador trata de reducirlos al mínimo, prefiere el uso de recursos humanos en la producción que en la dirección.
Las decisiones que se toman se basan en la experiencia del dueño.
Ya que se trata en su mayoría de empresas familiares, la PYMES se adopta la conformación familiar, sin medir si es adecuado o no; incluso los problemas familiares se trasladan a la empresa (y viceversa). Es una organización netamente informal.
La contratación se realiza en base a los vínculos familiares o de amistad y no en función de idoneidad o capacidad.
Solo recurre al asesoramiento contable para cumplir con disposiciones fiscales, ante la opción: “reducción de costos” o “calidad del asesoramiento profesional”, optan por lo primero.

Relación Contador – PYMES

El asesoramiento contable que se realiza en las Pymes en su mayoría son trabajos independientes, son contadores que solo van a la empresa una vez por semana, y eso sino es menos.
Por ello ante problemas que surgen dentro de la empresa sea contable, financiero, tributario, laboral, administrativo, selección de personal, marketing y gran etc., ¿a quien recurren los dueños? ¿Qué profesional puede cumplir con todas estas exigencias? Si usted esta pensando que lo puede hacer un abogado o un administrador, realmente se equivoca, EL CONTADOR es el profesional idóneo para las diversas necesidades de la empresa, es aquí que se requiere un profesional “especializado en generalidades”.

Especializado o Generalizado

Cual debe ser la mejor formación de un contador, como ya vimos y lo reiteramos, las PYMES (99.7% del total de las empresas), requieren de un profesional que los asesore sobre la mayoría de los aspectos que hacen a la gestión de la empresa.
Pero ¿Qué esta pasando con la formación contable? Pues se esta generalizando la especialización, y no se especializa la generalización. Esto es un hecho por que esta incentivado por los avances científicos en la rama de estudio y por la exigencia de las “grandes empresas” (0.3% de las empresas), las cuales buscan la excelencia de la gestión mediante profesionales especialistas en cada uno de los sectores de la empresa.

En conclusión, por las dimensiones de las Pymes, ellas no pueden acceder a asesores especializados uno por el costo y otro por los muchos problemas que surgen en la gestión de la empresa, por lo cual la atención y los servicios que deberían prestarse para esas empresas es de un profesional generalista, sin embargo las Universidades se olvidan el alto porcentaje de empresas que constituyen el sector y generan profesionales pensando en las “grandes empresas”.

A la fecha, ninguna de las instituciones de enseñanza realiza una oferta en la “especialización en PYMES” lo cual sin duda no implica que deberían de dejar de existir especializaciones actuales. El desafió esta planteado, las Universidades como locomotoras del conocimiento, debería comenzar a investigar cuales son los sistemas de información que necesitan las Pymes, cuales son sus sistemas de control, cuales son sistemas tributario, etc. Ya que no son adaptables los sistemas de las grandes empresas sino que simplemente: son distintos.

FUENTE:
Forum Internacional: “La información Contable y la
gestión exitosa de las PYMES en un mundo globalizado”.
Expositor: CP Alfredo Pignatta Gonzáles

viernes, 18 de enero de 2008

Lo que todo contador debe saber.

La profesión contable en estos últimos tiempos es mal vista, esto ocurre gracias a que existen muchos seudos contadores, y lamentablemente lo que esta mas en el imaginario de las personas es que los contadores son los encargados de maquillar los Estados Financieros, y este concepto se ha ido alimentando con el tiempo sin que exista contadores capaces de ser competitivos o que demuestran ser proactivos, innovadores y precisos. Una muestra de este punto es un artículo que apareció en el diario “El Comercio”, el día 22 de octubre de 2007, es un articulo que todo contador debe saber, por eso me tomo la licencia de transcribirlo de manera completa, y lo único que haré será poner cursivas en algunas partes para resaltar los puntos interesantes, el autor de este artículo es Richard Webb. Lo que va a leer a continuación lo debe impulsar a meditar en que hace usted como contador para que su empresa mejore, debe pensar en que el contador dejo de transcribir solo la historia, ahora la hace y la prevé. Después de este prólogo, los dejo para que lean y mediten con el artículo:
¿Qué cuenta el contador?

"“Los números no mientes”. En los negocios, el contador sería quien zanja las diferencias de opinión y pone coto a los intentos de engaño. Para Max Weber, padre de la sociología, la contabilidad era una de las primeras piedras del capitalismo, concepto que en el Perú repetía el gran antropólogo e historiador Fernando Silva Santiesteban. Pero no debemos olvidar que la buena contabilidad ha sido base de todo sistema social eficiente, mucho antes de la existencia del capitalismo.
Hoy, incluso, se debate si fue la escritura o la contabilidad que determinaron las primeras civilizaciones. Algunos arqueólogos proponen que en las pocas ocasiones en se inventó la escritura fue para hacer posible la contabilidad. Un manejo racional de los recursos era la espinaca que le daba fuerzas a la sociedad, independientemente si esa fuerza se dedicaba a los caprichos de un faraón o de un inca o a las necesidades de la población. En las primeras civilizaciones uno de los recursos más importantes era la población misma. Cada habitante era un potencial contribuyente, soldado u obrero para el trabajo forzado y de allí la importancia milenaria de los censos. El otro recurso fundamental eran las cosechas, cuyos montos y ubicaciones también se registraban minuciosamente.
Si corremos el reloj varios milenios, hasta el siglo XXI, descubrimos un mundo en el que la tecnología para el registro y la manipulación de los números han avanzado espectacularmente. También la importancia del contador se ha multiplicado, por la explosión empresarial que ocurre en todo el mundo y por la mayor sofisticación de las ciencias de gestión empresarial y económica. Sin embargo, los contadores parecen estar dormidos, ante los retos de la tecnología y de la necesidad.Mi empresario no entiende los estados financieros que le enseño, dice una contadora en la tertulia que sostuve hace unas semanas en el Colegio de Contadores. Lo que hacemos es historia, dice otro contador. Al mismo tiempo, los escándalos contables están a la orden del día, notoriamente en el caso del colapso de Enron junto con la gran empresa auditora Arthur Andersen, acusada de complicidad por los engaños contables de Enron. Y lo que eufemísticamente se llama “la contabilidad agresiva” sería una de las principales causas de la crisis del crédito hipotecario en Estados Unidos, crisis que muchos creen será el detonador de una recesión mundial. La revista Forbes, bastión de la gran empresa estadounidense, publicó una relación de 22 multinacionales, involucradas en tales escándalos. En todos estos casos, los números si mintieron.
Uno de los problemas de la contabilidad moderna es el crecimiento enorme que se ha producido en los llamados valores intangibles, como son las marcas y la información que maneja un negocio –la propiedad intelectual- además del valor de “goodwill”, o sea buenas relaciones creadas por una empresa. También existen los pasivos o contingencias intangibles, como son el riesgo y el peligro de contaminación ambiental. La suma de tales activos y pasivos intangibles no figura en la gran mayoría de las contabilidades empresariales, aunque pueden exceder largamente los valores tradicionales que sí se registran, como son los edificios, las maquinas, los inventarios y las deudas. Según el estimado de la empresa Vaue Based Management, los valores intangibles representaban el 5% del total de activos en el año 1978, pero en la actualidad representan entre 75% y 85%. Ciertamente, ningún empresario se limita al valor en libros de una empresa cuando considera la posibilidad de comprar o vender. Ante esta erosión de los cimientos mismos de nuestra economía, está en las manos de los contadores la responsabilidad de alertar y de liderar la búsqueda de una modernización de las prácticas contables.”

La Discrecionalidad vs. La Arbitrariedad en la actuación de la Administración Tributaria

EDICION: SOLO PARA CONTADORES
La discrecionalidad nace de los actos de la Administración tributaria, actos que son una manifestación unilateral y externa de voluntad que expresa una decisión de autoridad administrativa competente en ejercicio de la potestad pública. Estos actos pueden ser la creación, modificación o extinción de derechos y obligaciones.

Las funciones de la Administradora Tributaria se encuentran en las normas, pues se toma en cuenta el principio de Legalidad para un desarrollo adecuado que se encuentre dentro del marco jurídico. La facultad discrecional si bien su punto de partida siempre será la ley, también dicha facultad discrecional implica en su ejercicio el tomar decisiones en vista de criterios de carácter no legislativo y que por consecuencia lógica se le atribuye a la autoridad tomar en cuenta esos criterios para optar o no por determinada decisión, originándose por tanto el realizar actos individuales que no están previstos estrictamente en una disposición general.

En el acto discrecional la autoridad tiene un cierto margen de libertad de apreciación para decidir en que momento debe actuar o cómo debe actuar. Al concederse por ley facultades discrecionales, dicha facultades más que referirse a la realización del acto en su integridad, sólo se referirán a algunos elementos del acto y no a todos.

Facultad de discrecional de la Administradora Tributaria Peruana, la define el código Tributario en la Norma IV del Titulo Preliminar, el cual dice: "En los casos en que la Administración Tributaria se encuentra facultada para actuar discrecionalmente optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la ley.” Esta facultad la ejerce en el momento de la fiscalización, y cuando sanciona las infracciones tributarias.

En el artículo 62 (fiscalización) del código tributario, menciona que la Administradora Tributaria tiene facultad de exigir la documentación necesaria para realizar la fiscalización y poder emitir un pronunciamiento de la información que se le es entregada.

Ahora surge el problema si que esta facultad puede ser usada de manera abusiva por la Administradora Tributaria, si puede tomar cualquier decisión sin tomar en cuenta al contribuyente. Bueno de esto surge la idea de arbitrariedad.

Arbitrariedad versus Discrecionalidad.

La arbitrariedad es una conducta antijurídica e ilegítima de los órganos del Estado; en cambio la discrecionalidad se desenvuelve en un contexto de juridicidad y es por principio legítima. Un acto administrativo discrecional tiende a satisfacer los fines de la ley, como lo es el interés público; en cambio un acto arbitrario se aparta de la finalidad a que el acto emitido debe responder. Otra diferencia que apuntar, es que la arbitrariedad es una libertad mal orientada; en cambio la discrecionalidad si bien también goza de libertad, también lo es que esa libertad esta limitada por un fin, que es la satisfacción de los intereses públicos que marca la ley.

Dentro del código tributario se establece que los funcionarios de la Administración tributaria, no pueden actuar con arbitrariedad, y esto lo menciona el artículo 86 el cual menciona:

“PROHIBICIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA"
Los funcionarios y servidores que laboren en la Administración Tributaria al aplicar los tributos, sanciones y procedimientos que corresponda, se sujetarán a las normas tributarias de la materia, sin perjuicio de las facultades discrecionales que señale el Código Tributario.”

Conclusión

La función de discrecionalidad que le otorga la ley a la administradora tributaria, la cual le da la posibilidad de poder ejercer sus funciones con cierta libertad, pero esta funciones tiene sus límites, apareciendo el Estado de Derecho que controlará cualquier posibilidad de la existencia de un acto caprichoso nacido con el pretexto del ejercicio de una facultad discrecional. La discrecionalidad tiene como fin es satisfacer de la mejor manera los intereses públicos. Por ello la administradora tributaria no puede ejercer sus funciones de manera arbitraria, pues sus actos serian ilegítimos e ilegales.