lunes, 8 de septiembre de 2008

Principio de causalidad para reconocer gasto

Uno de los principales reparos que realiza la Administración Tributaria a las empresas es sobre los gastos que prensenta en sus declaraciones juradas, pues para que los gastos sean reconocidos como tales deben estar de acuerdo al principio de causalidad que se menciona en la Ley de Impuesto a la Renta (LIR). El TUO de la LIR en el artículo 37 se menciona lo siguiente: “A fin de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no este expresamente prohibida por esta ley,…”


Para empezar me gustaría explicar algunas frases de este articulo de la ley, cuando menciona, “establecer la renta neta de tercera categoría”, esto quiere decir que para obtener la utilidad neta con la cual se permitirá determinar el impuesto a la renta, este articulo solo es para los generadores de renta de tercera categoría, es decir aquellos que tienen negocios o los que realizan alguna actividad de explotación empresarial. Ahora para determinar esta renta neta se deducirá o restara de los ingresos los gastos que existan en la empresas, pero estos gastos deben cumplir el requisito de ser gastos necesarios, esto quiere decir que en los gasto debe existir un principio de causalidad.


Principio de Causalidad en la Doctrina


La “necesariedad del gasto” ha sido muy estudiada por la doctrina y jurisprudencia existente, pero como saber si un gasto cumple con el principio de causalidad, bueno existen algunas tesis como las siguientes:


a. El gasto Imprescindible.- Estudiado por el Derecho empresarial menciona lo siguiente: “para esta primera tesis el gasto necesario es aquel gasto efectuado por la empresa o la persona que realiza actividad empresarial a fin de obtener un ingreso, es decir, se considera como gasto necesario a aquel gasto que directamente ha generado un renta, bajo un examen ex post o cuya erogación es obligatoria o imprescindible.”


b. El gasto Conveniente.- Son gastos que mediante un criterio “apriorístico, es decir, que fueron adecuados para producirla con independencia de que efectivamente hubieran contribuido a ello y se hubieran traducido en renta”. “El gasto necesario es aquel gasto adecuado o convenientemente decidido por el empresario como idóneo para la generación de rentas, aunque estas después sean fallidas o no se generen”.


c. El gasto Habitual.- En ella se debe establecer “criterios objetivos para calificar el gasto deducible como seria la habitualidad en determinados gastos dentro del giro del negocio o gastos normales para el desarrollo de las actividades del negocio”


d. EL gasto Inherente.- En esta tesis lo “primero que se tiene que tener claro es cual es la actividad que en sí constituye el objeto de la actividad económica de la empresa, y, una vez identificada la misma, se debe distinguir claramente que gastos son aquellos que guardan relación de causalidad directa con el objeto de la actividad económica, de tal manera que estos serán los gastos deducibles.


e. El gasto causal.- Según esta doctrina los “gastos serán deducibles cuando teniendo una conexión objetiva con la actividad productiva, hayan sido realizados con la finalidad de obtener ingresos sujetos.


El principio de Causalidad en la Legislación Peruana


En nuestra legislación se ha adoptado la concepción amplia de la necesariedad del gasto, esto quiere decir que no solo se acepta los gastos que generan ingresos, pues existen otros gastos que no se pueden determinar directamente en la generación de rentas, pero si ayudan en la administración de la empresa, este es el caso de los gastos de representación, atención de personal, gastos en cobranza y otros, pero eso si la ley peruana nos dice que acepta todos los gasto que sirvan para generar renta, pero la mayoría de gastos no cumplen con esto normalmente tienen un tope aceptable, si uno supera ese tope el excedente no será considerado gasto.


Así que antes de pensar que todos los gastos son considerados como tales, los contadores deberán determinar y aclarar a la gerencia con precisión que gastos pueden servir para ser deducidos, entonces no crea que la cocina que se compro con factura a nombre de la empresa, o la compra del regalo a su hijo, los almuerzos familiares del fin de semana entre otros la Administradora tributaria los aceptara como gasto deducible.


Todas las referencias son de: Revista Actualidad Empresarial

Edición: 2 quincena de Agosto del 2008.

Titulo: "A proposito del principiode causalidad"

Autores: Dra. Carmen Robles

Karina Montestruque

jueves, 4 de septiembre de 2008

Conflicto como Fuente de Innovación


En muchas organizaciones se ve al conflicto como sinónimo de fricción y resentimiento, por eso la mayoría de empleados buscan siempre estar de acuerdo con las ideas de sus superiores esto lo hacen por temor a pesar de que puedan tener mejores ideas, o en el caso contrario los superiores reprimen a las personas que tienen ideas innovadoras lo cual perjudica y limita la creación y la libertad personal. Sin embargo las crecientes líneas investigadoras sugieren que debatir sobre ideas es bueno. Las constantes disputas pueden significar que existe una competición para desarrollar y poner a prueba tantas ideas buenas como sea posible, que existe una extensa variación en el conocimiento y las perspectivas.



Tocando este punto Ambrose Bierce, un escritor norteamericano menciono: “Cuando la gente está de acuerdo conmigo, siempre tengo la sensación de que estoy equivocado”. Para Neil Young, las disputas son esenciales para la creatividad, pues el menciono: “Si usted está siempre de acuerdo conmigo, uno de nosotros dos no es necesario. ¿Adivina cual de los dos?”


Conflicto: lo bueno y lo malo


Cuando una idea esta siendo analizada para saber si es adecuada para ponerla en práctica, el conflicto constructivo es importante para desarrollar y poner a prueba su valor. Las discusiones son adecuadas, pero este hecho no significa que se deba realizar en todo tiempo, siempre y cuando se sepa como y cuando deben ser discutidas las ideas. En las etapas iniciales de la generación de ideas es perjudicial el conflicto, pues las personas ya no querrán aportar ideas en otras ocasiones por el temor de que se las ponga en ridículo o se las someta a una humillación, pues piensen de antemano que su idea es estúpida o extraña. El conflicto también es destructivo cuando ha llegado el momento de poner en práctica la idea. “Si tuvieran que hacerle una operación sencilla y de eficacia probada como una apendectomía, no le gustaría que hubiera una discusión en el quirófano sobre como se debería realizar.”


El conflicto destructivo es emocional, interpersonal o basado en la relación, los participantes no se pelean en una reunión sobre cual es la mejor idea, sino porque sienten una antipatía mutua o se sienten amenazados por los demás. El conflicto destructivo molesta y desmoraliza.


El conflicto constructivo tiene lugar entre las ideas y no sobre las personas, este tipo de conflicto nace cuando las personas basan las discusiones “en información real y fundamentada con hechos”. Este conflicto sobre las ideas sea tiene que realizar sobre una atmosfera de mutuo respeto. Cuando se da este tipo de conflicto ayuda a encontrar las fallas a una idea, lo que evitara que no se ponga en práctica y de esta manera se evite correr riesgos innecesarios, o en todo caso contribuirá a que la idea sea reestructurada y fortalecida pues se puso a prueba su resistencia.


Es tarea del superior moderar de manera adecuada las discusiones, para ello debe generar un clima adecuado para el debate, para esto los trabajadores deben sentir en la plena libertad de exponer sus ideas. Pero si existe un clima toxico generado por un mal jefe lo único que se lograra es que los subordinados en vez de generar ideas generen estrés lo que a la postre ocasionara la disminución de su productividad.

lunes, 1 de septiembre de 2008

El financiamiento y las Mypes


Antes el hecho de endeudarse o financiarse mediante préstamos se pensaba que solo lo podían realizar las grandes empresas, sin embargo con los cambios económicos que en macroeconomía ha experimentado nuestro país, ahora hasta financiarse en un asunto vital o necesario para las Mypes.


Por ejemplo ante el caso de que un pequeño empresario requiera de activos fijos como una camioneta necesaria para su trabajo, muchos antes de adquirir una camioneta de segunda prefieren sacar un leasing (adquisición de activos fijos a través de un préstamo de una entidad financiera, es como un alquiler con opción de compra).

Según menciona el economista Oscar Chávez, en el Perú existen unas 246 mil micro y pequeñas empresas desatendidas en el ámbito crediticio, y que poseen una demanda de prestamos a satisfacer de $ 617 millones, esto muestra que aun no se a desarrollado a plenitud un sector especializado en financiar a las pequeñas y medianas empresas, pues el mercado se encuentra concentrado en cuatro principales bancos, con lo cual aun ahora se puede volver un poco caro el endeudarse paras estas empresas.


El descuento de letras y Factoring


Son una de las modalidades que tienen las Mypes para acceder a financiamiento, pues con el descuento de Letras le ofrece la oportunidad de recibir anticipadamente el pago de cada una de las letras. El importe abonado de la letra considera el descuento correspondiente a la tasa de interés asignada para este tipo de operaciones (lo que se cobra el banco por realizar este tipo de transacción). El Factoring es otro medio en el cual se vende a los bancos facturas, por ejemplo, en la cual se cede a la entidad financiera el cobro de este documento, por lo cual se recibe el monto de la factura menos la comisión que se cobra el banco.


Estas son modalidades que están creciendo dentro de la Mypes pues les permite tener liquidez antes de las fechas establecidas de cobro.


El Contador y el financiamiento en las Mypes


Para que una Mypes se pueda financiar mediante deudas debe tener la supervisión necesaria de un contador, pues este le ayudara a determinar la capacidad de liquidez y de pago de la empresa, pues el asunto en el financiamiento es delicado, ya que no es pedir por pedir aunque sea necesario, sino el de ver si la empresa podrá devolver el préstamo y pagar los intereses.


Para que un banco de un financiamiento necesariamente una de los requisitos que piden son los Estado Financieros, para ello el contador no solo deberá saber formularlos bien sino que tiene la necesidad de interpretarlos pues con la información financiera de la empresa el banco aceptara o no otorgar el préstamo.

La mala practica contable podría ocasionar que una empresa acceda al préstamo pero al final tenga dificultades para poder enfrentarla, o el desconocimiento también ocasiona problemas, por que a veces solo se pide el costo del financiamiento, pero nos olvidamos que hay otros pagos que se asumen, como comisiones u otros, para ello el contador y el empresario deberían evaluar el “costo efectivo”, que es lo que realmente será el costo de endeudarse.

domingo, 31 de agosto de 2008

Crecimiento de la cerveza


En el mes de julio, durante el discurso presidencial Alan García menciono que el consumo de cerveza había crecido un 15%, entonces cada vez mas los peruanos beben mas cerveza.


Producción de la Cerveza


Hasta el mes de junio del 2008 la producción de cerveza cerro en más de 737 mil millones de hectolitros, es decir un 16% más que lo registrado en año pasado, pero se espera que el crecimiento de la cerveza para este año con respecto al 2007 sea de un 15%. Este crecimiento se debe a que ahora se ha empezado ha distribuir mas marcas que otros años, esto es por la incursión desde ya hace unos años de Ambev y también el reciente ingreso del grupo AJE.


Cervezas Económicas tienen un tercio del mercado


Las denominadas cervezas económicas son aquellas que tienen un precio de mercado de entre S/ 2.5 y S/ 3.00; entre las marcas que compiten en este rubro se encuentras Brahma, Franca, Caral y Pilsen Trujillo. Estas han logrado tener una participación del mercado cervecero de un 28%. Se espera incluso que este rubro siga creciendo por los precios competitivos que poseen.


Cervezas del Oriente


El diario Gestión menciona: “Un nuevo competidor surge desde el oriente, y es que Cervecería Amazónica, que compite con sus marcas Iquiteña, Pucallpina y recientemente con Amazónica, ya estaría en la mira de Backus, pues esta empresa ha logrado una participación del 0.03% del sector cervecero.”


Además la región oriente durante el 2007 experimento el mayor crecimiento en consumo en comparación con otras regiones, pues alcanzo un 12% de crecimiento.


Cervezas Importadas


En el Perú existen aproximadamente 35 marcas de cervezas importadas, aunque mayormente son solo conocidas algunas cuantas, sin embargo las cerveceras nacionales van a tratar de ampliar su portafolio de productos al tratar de ingresar a nuestro mercado nuevas marcas, esto se debe la crecimiento del consumo de cervezas importadas, según informes este rubro posee el 2% de participación de mercado.

Fuente: Diario Gestión 12 de agosto del 2008 y 18 de agosto del 2008

martes, 19 de agosto de 2008

Cumplimiento, infracciones y lo que se viene en los Comprobantes de Pago


Como se sabe los comprobantes de pagos son documentos que sirven para sustentar una transacción economica y por ende el traslado de la posesión y riesgo de un bien o la culminación de un servicio. Los más conocidos son las facturas, boletas de ventas, ticket, etc.


Cumplimiento de la entrega de comprobantes de Pago


Según un informe sobre el primer semestre del año 2008 se comprobó que el 61% de los establecimientos comerciales cumplían con entregar comprobantes de pagos, para ello se realizo 293,334 intervenciones en Lima. El buen porcentaje de empresas que cumplen con esta obligación se debe a que la SUNAT a estado orientando y generando una conciencia tributaria. El otro 39% esta constituido por aquellos que no entregan ningún comprobante de pago, y el otro que entrega comprobantes pero que no reúne los requisitos para ser considerado un comprobante aceptado por SUNAT.


Actividades con más infracciones

Tipo de infracciones y porcentaje de Infracciones


Transporte de pasajeros 92%

Discotecas 80%

Agencias de viajes y guías turísticos 58%

Restaurantes, bares y cantinas 44%

Hoteles y hospedajes 41%



Falsificación de Facturas


Uno de los temas que se esta volviendo mas común en las empresas es la compra de facturas para incrementar sus compras y de esa manera tener menos debito fiscal, para ello existen organizaciones en las cuales se generan facturas falsas, buscan a personas, les piden sus DNI, les pagan para que estas saquen RUC y de esta manera obtienen facturas para vender.


Para ello según lo informa el diario Gestión en una entrevista con Enrique Vejarano, superintendente nacional adjunto de la SUNAT, se menciona que la Sunat cuenta con un programa especial que se va a implementar en cerca de 2,000 organizaciones que se están dedicando a esta actividad ilícita.


Facturación Electrónica


La facturación electrónica es un proyecto que esta planeado para el mediano plazo, este será un mecanismo para empresas que operan entre negocios, las ventajas de la facturación electrónica es que facilitara la documentación, el registro y sobre la logística, pues las grandes almacenes sabrán de manera electrónica la cantidad de bienes que tiene el proveedor y viceversa.


La factura electrónica será de aplicación voluntaria y se implementara a partir del primer trimestre del año 2009. Se espera que se generalice su uso en tres años.


Recibo por Honorarios Electrónicos


Ya que más del 80% de las contribuyentes del régimen de cuarta categoría, que son aproximadamente tres millones, emiten un único recibo al mes. El objetivo de los Recibos por Honorarios Electrónicos es que el trabajador ingrese al Internet, emita un recibo y automáticamente lo tendrá él, el empleador y la Sunat. Los beneficios es que el mismo sistema virtual genera el libro de ingresos y a declaración jurada. También las empresas tiene la certeza de que el contribuyente es habido, que esta inscrito. Este sistema posiblemente será implementado al final del 2008 o principios del 2009.


FUENTES: Diario Gestión 21 de junio, 18 y 19 de agosto del 2008

miércoles, 30 de julio de 2008

Inspección Laboral

Desde este año las empresas están obligadas a presentar mensualmente la planilla electrónica, esta es una declaración jurada que realiza las empresas, y en ella se registran los datos del trabador; como por ejemplo: sus datos personales, se especifica si el trabajador genera rentas de cuarto o de quinta categoría; el monto de su salario, sueldo u honorarios; las contribución de ONP o AFP, contribución a ESSALUD, o si por la modalidad de trabajo tiene un Seguro Complementario de Trabajo, etc.


Gracias a la información que están brindando las empresas durante estos seis meses, el Ministerio de Trabajo va a realizar inspecciones laborales, estas se realizaran tomando en cuenta las declaraciones, así una empresa que declara tener 30 trabajadores, cuando llegue la inspección deberán haber estos 30 trabajadores realizando sus labores, si encuentran mas trabajadores entonces las empresas estarían evadiendo y se le aplicaría una sanción.


Principales Infracciones que cometen las empresas


Durante las inspecciones realizadas por el ministerio de Trabajo se encontraron las siguientes infracciones que comenten las empresas en el ámbito laboral


Compensación por tiempo de Servicio 21.03%

Registro en Planilla 20,25%

Obstrucción a la labor inspectiva 18,61%

Pago de Remuneraciones 17,06%

Cumplimiento de la jornada laboral 16,72%

Participación en la Utilidades 1,69%

Seguridad Social 1,26%

Contratos de Trabajo 0,56%

Seguro de trabajo de Riesgo 0,49%

Equipos de Protección Personal 0,35%

Otro 1,98%


Infracciones y Sanciones


Una vez que el inspector encuentra una infracción, impondrá una multa, la cual será fijada en relación al número de trabajadores, la reincidencia.


Además del pago de la multa, el empleador deberá reparar la infracción cumpliendo con su obligación. La reparación de la infracción no exime del pago de la multa, pero podría reducirla.


Cuando el inspector encuentra un incumplimiento, luego de un periodo regresara a la empresa para verificar que el empleador haya cumplido con el requerimiento. Hasta que cumpla seguirá en el sistema como infractora.


En caso que en la nueva inspección se verifique que sigue cometiendo la infracción, o nunca cumplió con su obligación, la multa que se le impondrá será mayor por la reincidencia.


Medidas y actuaciones inspectivas a nivel nacional I semestre del 2008


Ordenes de Fiscalización 23,672

Ordenes de Orientación 14,352

Actuación y mediadas inspectivas de fiscalización 57,208

Actuaciones inspectivas de Orientación 14,352

FUENTE: Diario Gestion 14 de Julio del 2008

domingo, 13 de julio de 2008

Tributación y la nueva ley de Mypes

Siguiendo con el tema de las Mypes ahora tocaremos el tema tributario, un aspecto que genera grandes problemas para cualquier empresa, y en muchos casos los mas afectados son las micro y pequeñas empresas, que ante la poca facturación que tienen durante el mes, se incrementa su problema cuando no pueden cobrar esa poca facturación, pues en el mes siguiente de emitir el comprobante la Sunat esta exigiendo su parte, y a nuestra Administradora Tributaria muy poco le interesas si tiene o no dinero, lo que desea es que le paguen y punto; en consecuencia, ¿qué deciden hacer, en muchos casos, las empresas? (ojo de las micro hasta las grandes), buscan evadir impuesto, no declarando lo que es o comprando facturas, esta es una verdad que nadie pude ocultar.

Por ello el gobierno ha estado discutiendo en materia tributaria, y ha decidido, entre otras cosas, hacer cambios a los Regímenes tributarios como son al Régimen Único Simplificado (RUS) y el Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER).

Régimen Único Simplificado

Este régimen es para los pequeños negocios, conformado por empresas unipersonales; para que empiece a funcionar solo necesita sacar su RUC, tener ingresos brutos en el ejercicio gravable de hasta 150 UIT (actualmente para acogerse al RUS sus ingresos deben ser hasta S/. 360,000). Estas empresas de acuerdo a sus ingresos mensuales deben hacer un pago fijo que va de S/. 20.00 hasta S/. 600.00, y solo deben vender a consumidores finales y emitir boletas de ventas.

Régimen Especial de Impuesto a la Renta

Este régimen especial es para los pequeños negocios que podrían ser personas jurídicas y empresas unipersonales, el impuesto que pagan las empresas en este régimen será del 1.5% sobre sus ingresos brutos (hasta ahora para los que se dedican a venta de bienes pagan 1.5% sobre sus ingresos brutos, y los de servicios 2.5%, lo cual indica que los únicos que se beneficianrian serán los que prestan servicio)

Fondo para Negociación de Facturas

Para que las empresas no sufran con el pago del IGV por que no cobraron la factura, el Estado va ha destinar un fondo aproximado de S/. 500 millones por año, este fondo será administrado por el COFIDE, para lo cual el conductor de la microempresa, que aun no recibe el pago por el bien, puede acudir al COFIDE para que reciba el monto establecido en su factura no cancelada con miras a cumplir con el pago del IGV y no se descapitalice la microempresa.
Ilustracion:carlincaturas.blogspot.com

lunes, 30 de junio de 2008

Nueva ley de Mypes

Gracias a las facultades dadas por el Congreso al Poder Ejecutivo para que legisle y de esa manera pueda implementar el TLC con EEUU ya se tiene la nueva Ley de Mypes, mediante esta ley se pretende que tanto 2 millones de trabajadores como 300 mil empresas Mypes dejen de ser informales, para ello el Estado a generado ciertos incentivos para que la mayoría de estas puedan formalizarse.



Cambios en las Mypes
Microempresas

Venta Maxima anual
  • Ley derogada: Hasta 150 UIT (S/ 535,000)

  • Ley Actual: Hasta 150 UIT (S/. 535,00)
N de trabajadores
  • Ley derogada:Hasta 10 trabajadores
  • Ley Actual: Hasta 10 trabajadores
Salario Minimo
  • Ley derogada:Una RMV

  • Ley Actual: Una RMV
Descanso Vacacional
  • Ley derogada:15 días al año

  • Ley Actual:15 días al año
Despido injustificado
  • Ley derogada:15 remuneraciones diarias por año con un tope de 180 remuneraciones diarias

  • Ley Actual:10 remuneraciones diarias por año con un tope de 90 remuneraciones diarias

Pequeña empresas

Venta Maxima anual
  • Ley derogada: Hasta 850 UIT (S/ 2,975,000)

  • Ley Actual: Hasta 1,700 UIT (S/. 5,950,00)
N de trabajadores
  • Ley derogada: Hasta 50 trabajadores

  • Ley Actual: Hasta 100 trabajadores
Salario Minimo


  • Ley derogada: Una RMV
  • Ley Actual: Una RMV
Descanso Vacacional
  • Ley derogada: 30 días al año

  • Ley Actual: 15 días al año
Despido injustificado
  • Ley derogada: 45 días por año con un tope de 8 años

  • Ley Actual: 20 días por año con un tope de 120 dias
Fuente Cesden

Cambios Laborales

Lo que se busca con esta nueva ley es que las micro y pequeñas empresas pueda tener un menor costo laboral y de esa manera puedan tener productos competitivos no solo en el mercado nacional sino también en el extranjero. Como menciona el diario Gestión “La norma, que designa las nuevas características de las Mypes, también establecen un subsidio del Estado tanto para los trabajadores como los conductores de la microempresa con el pago del 50% de los aportes de salud y de pensión (aporte máximo de cuatro por ciento de la remuneración mínima legal) con un costo de S/. 500 millones anual.”

También se realizara una amnistía en seguridad social y pensiones para que las Mypes puedan regularizar sus pagos vencidos hasta la vigencia de la norma. El diario Gestión menciona “La norma precisa que esta amnistía laboral y de seguridad social – esta ultima referida a las aportaciones a Essalud y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) – solo concede a los empleadores el beneficio de no pagar multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de dichas obligaciones ante el MTPE, Sunat, Essalud y ONP. El acogimiento al presente beneficio tendrá un plazo de 4 mese contados desde la vigencia del presente DL.”


Una aclaración importante es la que hace Gino Kaiserberger al decir: “Esta amnistía no de ningún tipo tributario. Es una amnistía laboral, y es una amnistía sobre exoneraciones de multas por contribuciones a la seguridad social”.

Fuente: Diario Gestión Lunes 30 de junio de 2008

domingo, 15 de junio de 2008

Sobre la tercerización laboral

En estas semanas se ha estado discutiendo acerca de la ley de Tercerización Laboral, en ella se quiere regular la prestación de servicio de mano de obra sobre las actividades principales de las empresas, algunas de las principales características de este proyecto de ley son las siguientes:

  • Para que una empresa pueda ofrecer el servicio de tercerización deberá tener pluralidad de clientes, lo que indica que debe prestar su servicio a más de una empresa.
  • La empresa principal, que contrata a una empresa de tercerización, se hace responsable solidario frente a los derechos y beneficios de los trabajadores de esta ultima.
  • Las empresas que tercerizan no podrán contratar a otras empresas que ofrezcan el mismo servicio.
  • La empresa de tercerización deberá inscribirse en un Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras.

Sin embargo esta ley ha recibido muchas críticas por parte del sector empresarial e incluso por el mismo gabinete presidencial.

Una de esas críticas interesantes las realiza el presidente de Cesden Gino Kaiserberger, en la columna de opinión del diario Gestión el día miércoles 4 de Junio del 2008, el titulo de es: “A mis confundidos legisladores”, me tomare la licencia de poner fragmentos de esta opinión, para empezar Kaiserberger nos define la tercerización:

“…, la tercerización forma parte de la cadena de valor de la empresas e implica una participación efectiva del proceso productivo, estando ligados sus resultados a un incremento de la productividad.

La tercerización es especializada en la ejecución de procesos productivos. Tanto por sus medios como por sus técnicas, estas compañías hacen un aporte efectivo a la productividad de quienes las contratan…”

También informa la importancia y ventajas de la tercerización para las empresas:

“… asegura un personal especializado y productivo en áreas concretas del negocio; disminuyendo el riesgo, posibilita una capacidad de respuesta rápida a los cambios del mercado, sea para crecer o para reducir capacidad productiva y acomodarla a cada fase del ciclo, sin que ello deba suponer el cese de la actividad.”

Este es un punto que se debe tomar en cuenta, pues la mayoría de las empresas no pueden mantener mucho personal ya que por cada trabajador la empresas asume ciertas cargas aparte de los salarios que se les pagan, y ahora con el incremento de las exportación las empresas reciben pedidos por temporadas; un ejemplo: Una empresa que se dedica a los textiles tiene 200 trabajadores los cuales todos se encuentran en planilla, esta empresa recibe un pedido del extranjero durante los meses de enero a marzo, como su mano de obra no alcanza para completar el pedido, entonces contrata a una empresa de tercerización por 100 trabajadores, sino tercerizara esta empresa debería contratar a estos 100 trabajadores solo por esos meses y terminado el trabajo deberá despedir a este exceso de trabajadores por que desde abril no podrá mantener a estos trabajadores de mas, y el despido de los trabajadores es un costo tremendo, lo cual dificultaría en una próxima vez que esta quiera asumir estos pedidos.

Este punto nos lleva a otro, ya que es importante en algunos casos la tercerización, la ley tiene una dificultad que las Mypes no podrán asumir, el comentario sigue diciendo:

“Las Mypes, por la dificultad de encontrar mercado, por su escasa capacidad financiera para la compra de insumos u por el injusto régimen tributario que los obliga a pagar el IGV a la Sunat al mes siguiente de emitir su factura, cuando los plazos para la cobranza de dicha factura les demora entre 3 y mese, una de las formas que las ayuda a sostener su negocio y la continuidad de los puestos de trabajo, es ofreciendo servicio de tercerización a empresas mas grandes, aunque su escasa capacidad productiva hace imposible que tenga múltiples clientes.”

“… quienes perderían la opción de tercerizar son las Mypes, lo que incrementaría la informalidad que no parece importarles a los legisladores;…”

Fuente: Diario Gestion 4 de Junio del 2008
Diario Gestion 26 de Mayo del 2008

Informe sobre el cumplimiento de Normas y Códigos (ROSC) PERÚ

En el año 2004 se presento el informe ROSC sobre el cumpliendo de las normas y principios contables que se están aplicando en el Perú. Este informe fue preparado por un equipo del Banco Mundial, diagnostico que fue llevado a cabo en Lima entre octubre del 2003 y mayo del 2004.

Las principales conclusiones del Informe ROSC de Contabilidad y Auditoría en el Perú son:

  • A lo largo de los últimos diez años, el sector público ha sido muy dinámico con relación al mejoramiento de las normas de contabilidad para las entidades del sector privado. La Contaduría Pública de la Nación (CPN), a través del Consejo Normativo de Contabilidad (CNC), ha jugado un rol importante en la adopción de normas contables de alta calidad. Asimismo, ha hecho contribuciones sustanciales para su difusión entre las empresas y los contadores con la publicación de manuales que orientan sobre el uso de las normas, y mediante la realización de cursos y seminarios sobre el tema. Las dos agencias reguladoras que supervisan el mercado de capitales (CONASEV) y el sector financiero (SBS) han tenido, asimismo, importantes responsabilidades, especialmente con respecto a hacer cumplir las normas de contabilidad.
  • El Perú adoptó gradualmente las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) entre 1994 y 1998. Este proceso ha continuado, con la adopción reciente de algunas normas internacionales. Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) fueron adoptadas oficialmente en 1998. Esto ha conducido a un significativo incremento en la calidad de la información financiera entre las grandes empresas. Sin embargo, debido principalmente a que el CNC carece de recursos, las normas de contabilidad adoptadas previamente no han sido actualizadas de manera oportuna; las Normas Internacionales de Información Financiera recientemente emitidas tampoco han sido incorporadas por el CNC. En lo que se refiere a las normas de auditoría, estas son las mismas desde 1998, a pesar de que diversas NIA han sido emitidas durante este periodo. Tales demoras impactan desfavorablemente en la capacidad de las normas de contabilidad y auditoría de contribuir a la producción de una información precisa y confiable para los usuarios de los estados financieros
  • La adopción de normas internacionales no ha significado logros similares para las PYME, y los usuarios de los estados financieros perciben que la información financiera brindada por estas empresas tiene una confiabilidad limitada, lo que con frecuencia va en detrimento de su acceso a financiamiento.
  • Hasta hace poco, el ámbito de supervisión de la CONASEV incluía un gran número de empresas que no cotizan valores públicamente, pero este fue restringido por ley en el año 2000, a las empresas que sí cotizan. Para los inversionistas y bancos, esto ha reducido significativamente la disponibilidad de información financiera de las empresas que no cotizan valores en la bolsa.
  • La afiliación a las asociaciones de contadores profesionales, o colegios, es obligatoria para los contadores dedicados a la práctica pública. Los colegios disfrutan, por ley, de importantes prerrogativas, incluyendo el otorgamiento de licencias a los auditores y el establecimiento de normas en el campo de la conducta profesional de auditores y contadores.
  • No existe un contenido mínimo consensuado a nivel nacional para los cursos en el currículo universitario de contabilidad; por lo tanto, la calidad de la educación contable a nivel nacional es inconsistente.
  • La capacidad de los entes reguladores de hacer cumplir las normas de contabilidad y auditoría se ve obstaculizada por una falta de recursos, especialmente en el caso de la CONASEV, y por el hecho de que la CONASEV y la SBS perdieron sus facultades para otorgar y retirar la licencia de auditor estatutario.
  • Los colegios no hacen cumplir las normas de auditoría o el código de ética, a pesar de que están obligados por ley a hacerlo; por lo tanto, las sanciones contra los profesionales son impuestas muy rara vez.
  • Al igual que en la mayoría de países latinoamericanos, los comités de auditoría no son exigidos por ley, y son, de hecho, inusuales entre las empresas peruanas. Con respecto a las empresas que cotizan valores en la bolsa, el código voluntario de buen gobierno corporativo de la CONASEV recomienda que se establezcan comités especiales en el Directorio, incluyendo el tema de auditoría. En los sectores financieros y de seguros, las normas sobre auditoría interna y sistema de control interno emitidas por la SBS obligan a las empresas a establecer comités de auditoría.
  • La legislación aplicable a la contabilidad y a la auditoría en el sector privado es relativamente reciente y brinda una base adecuada para fortalecer la práctica de información financiera en un futuro cercano, si bien algunas de las recomendaciones de este informe requerirán impulsar aún más la mejora de la ley vigente.

Estas son algunas de las conclusiones de este informe, tengamos en cuenta que este informe es del 2004, por eso es importante tomarlo en cuenta para saber hasta que punto ha estado avanzando el Perú en el mejoramiento de la aplicación de las normas contables; avances como un nuevo Plan Contable, las modificaciones al Manual de Información Financiera, el nuevo Código de Ética, son pasos adecuados, sin embrago aun falta mucho por seguir mejorando la profesión tan caída a menos.


Fuente: Iforme sobre cumplimiento de Normas y Códigos ROSC